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jueves, 8 de diciembre de 2011

Manos Limpias pide que se retire el pasaporte diplomático a Urdangarín

Manos Limpias ha solicitado al Ministerio de Asuntos Exteriores que le sea retirado a Ignacio Urdangarín el pasaporte diplomático de que dispone, por su calidad de consorte de la Infanta Cristina, a fin de evitar su presunta utilización para fines ilícitos.
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES
(DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE EXTERIOR)
C/ Plaza de la Provincia, 1,
28012-Madrid 
El Colectivo de Funcionarios Públicos Manos Limpias, y en su nombre y representación su Secretario General, don Miguel Bernad Remon, con D.N.I. Núm. 12.135.624-L, con domicilio en la C/ Ferraz, nº13,28008-Madrid,comparece y DICE: 
Que por medio del presente escrito EXPONE: 
  • PRIMERO: Ignacio Urdangarín, cónyuge de la Infanta Cristina de Borbón, dispone de un pasaporte diplomático al amparo del Real Decreto 1123/2008 del 4 de Julio. 
  • SEGUNDO: Que ante el escándalo y alarma social de las imputaciones vertidas tanto por la Fiscalía anticorrupción y la AEAT, y que se instruyen en el Juzgado de Instrucción Nº3 de Palma de Mallorca, en pieza separada, denominada Operación Babel. 
  • TERCERO: Que entre las imputaciones formuladas contra él, se encuentra la presunta evasión de capitales a paraísos fiscales, entre los que se encuentra Belice. 
  • CUARTO: Que el pasaporte diplomático se expide para facilitar a sus titulares el ejercicio de la acción exterior del Estado. 
  • QUINTO:Que es evidente que se ha producido en el caso que nos ocupa, un uso indebido, un abuso, e incluso una utilización para fines ilícitos. 
  • SEXTO: Que se pueden destruir pruebas y torpedear la investigación y recuperación del dinero malversado.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
(REAL DECRETO 1123/2008 de 4 de julio, sobre pasaportes diplomáticos) 

ARTICULO 1.-: “El pasaporte diplomático es un documento especial de viaje, expedido para facilitar a sus titulares el ejercicio de la acción exterior del Estado.” 
ARTICULO 3.1.-: “Son titulares directos del derecho a poseer pasaporte diplomático: 
Su Majestad el Rey, y la Familia Real. 
ARTICULO 3.2.-: “La concesión del pasaporte diplomático comprenderá siempre al cónyuge. Por lo que Ignacio Urdangarín, le corresponde pasaporte diplomático al ser cónyuge de un miembro de la Familia Real.” 
En su virtud,
SOLICITO de ese Ministerio,
Proceda a la retirada del pasaporte diplomático a Ignacio Urdangarín, toda vez que no cumple los requisitos establecidos en el Real Decreto 1123/2008 de 4 de Julio. 
Es justicia que pido en Madrid, a 9 de Diciembre de 2011. 

EL SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO MANOS LIMPIAS
MIGUEL BERNAD REMON

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