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lunes, 1 de octubre de 2012

DENUNCIA Contra los responsables de los sindicatos U.G.T., C.C.O.O., y contra los responsables de Pimeb (Patronal del pequeño comercio) y Caeb (Confederación de Asociaciones empresariales de las Islas Baleares) por presunto fraude en los cursos de formación, desde el año 2.004.

AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN QUE POR TURNO CORRESPONDA DE PALMA DE MALLORCA 
El Colectivo de Funcionarios Públicos Manos Limpias y en su nombre y representación , su Secretario General don Miguel Bernad Remón, con D.N.I. Núm. 12.135.624-L y con domicilio en la C/ Ferraz, nº 13 de Madrid-28008, por medio del presente escrito, al amparo del art. 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que prescribe: 
“Los que por razón de su cargo, tuvieran noticia de algún delito público estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Fiscal, al Tribunal competente, al Juez de Instrucción”. 
Formula, 
DENUNCIA 
Contra los responsables de los sindicatos U.G.T., C.C.O.O., y contra los responsables de Pimeb (Patronal del pequeño comercio) y Caeb (Confederación de Asociaciones empresariales de las Islas Baleares) por presunto fraude en los cursos de formación, desde el año 2.004. 
La presente denuncia se basa en los siguientes, 
HECHOS 
PRIMERO: La aparición de una “notitia criminis” de presunto fraude en los cursos de formación, impartidos por C.C.O.O., U.G.T., CAEB, PIMEB. 
SEGUNDO: Los interventores del Govern Balear, han analizado una serie de facturas correspondientes a cursos de formación impartidos por los denunciados y que podría sumar más de 20 millones de Euros (2004-2007). 
TERCERO: La subvención, apunta a la existencia de “Indicios de fraude”. 
CUARTO: La intervención insta al Servicio de Empleo de las Islas Baleares (SOIB), a que continúe con esa fiscalización de facturas. 
QUINTO: Así mismo la intervención ha remitido los informes a la Abogacía de la Comunidad, por si esta considera los hechos constitutivos de delito. 
SEXTO: De los 13 expedientes analizados como muestra, solo uno de ellos se ajusta a la legalidad vigente. 
SEPTIMO: Entre los hechos y actuaciones considerados como fraude, cabe destacar: 

a) Altos cargos Sindicales fueron pagados con las subvenciones. 
b) Se falsearon actas en cuanto a números de asistentes a los cursos. 
c) Se engordaron las facturas con objeto de tener más subvenciones. 
d) Se imputaron como gastos intereses de crédito y gastos financieros. 
e) Se cargaron como gastos hasta las tarjetas de visita. 
f) El fraude además no es puntual u ocasional, sino que se ha producido de manera permanente y sistemática. 
g) Se factura al máximo hora/alumno en vez de buscar el precio de mercado, para obtener mayor subvención. 
h) Una parte de la factura a los profesores queda en B para los denunciados. 

Del informe- Auditoria efectuado, se deduce la presunción de varios , 
ILICITOS PENALES 
PRIMERO: Un presunto delito de malversación de caudales públicos. 
SEGUNDO: Un presunto delito de falsedad en documento público y mercantil. 
TERCERO: Un presunto delito de fraude a la Hacienda Pública. 
CUARTO: Un presunto delito de estafa. 
En su virtud, 
SOLICITO de ese Juzgado, 
Admita la presente denuncia y se actúe conforme a Derecho corresponda. 
Es justicia que pido en Madrid, a 2 de Octubre de 2012. 
EL SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO MANOS LIMPIAS 
MIGUEL BERNAD REMON

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