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miércoles, 18 de abril de 2012

SSP ML Denuncia al Consejero del Interior de la Generalitat de Cataluña

AL SR. MINISTRO DEL INTERIOR 
El Colectivo de Funcionarios Públicos Manos Limpias y en su nombre y representación su Secretario General, don Miguel Bernad Remón, con D.N.I. núm. 12.135.624-L y con domicilio en la C/ Ferraz, 13 de Madrid-28008, por medio del presente escrito, comparece y DICE: 
Que por medio del presente escrito, formula, 
DENUNCIA 
Contra el Consejero de Interior de la Generalitat de Cataluña, por aprobar una orden (INT/2012 de 17 de Enero, por el que se regula el distintivo de las personas vigilantes de Seguridad Privada), ilegal y con evidente abuso del derecho en cuanto a las competencias cedidas en esta materia por el Gobierno Central. 
La presente denuncia se basa en los siguientes, 
HECHOS 
  • PRIMERO: Con fecha 9/02/2012, en el diario oficial de la Generalitat de Cataluña, Nº 6063,se publica la Orden del Consejero de Interior (Felipe Puig I Goes) de la Generalitat de Cataluña, por la que se regula el distintivo de las personas vigilantes de Seguridad Privada. 
  • SEGUNDO: Que está acreditado que la Generalitat de Cataluña tiene competencias en materia de Seguridad Privada, de acuerdo con el artículo 163 del Estatuto de Autonomía de Cataluña. 
  • TERCERO: Que a juicio del Sindicato denunciante, la Orden de la Consejería de Interior por la que regula el distintivo de las personas vigilantes de Seguridad Privada, sobrepasa las atribuciones concedidas al respecto, puesto que se ha producido un uso abusivo de las competencias en materia de Seguridad Privada. 
  • CUARTO: No se respeta la obligatoriedad de figurar la expresión en español, puesto que en el distintivo solo figura la expresión en catalán “vigilant de seguretat”. 
  • QUINTO: La orden INT 2012 de 17 de Enero vulnera la normativa estatal, esto es la Ley 23/92 de 30 de Julio de Seguridad Privada y el Real Decreto 2364/1994 de 9 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada. 
  • SEXTO: Una norma de rango inferior, como es la orden del Consejero de Interior de la Generalitat de Cataluña, en virtud del Principio de Jerarquía Normativa, no puede en modo alguno vulnerarla, y por consiguiente, debe ser anulada, en consonancia con la Ley de Procedimiento y Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. 
En su virtud, 
SOLICITO de ese Ministro, 
Admita la presente denuncia y se proceda mediante el cauce reglamentario a iniciar los trámites para proceder a anular la normativa aprobada por el Consejero de Interior de la Generalitat de Cataluña en lo referente a la regulación del distintivo de las personas vigilantes de Seguridad Privada. 
Es justicia que pido en Madrid, a 18 de Abril de 2012. 
EL SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO MANOS LIMPIAS

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