Manos Limpias ha solicitado al Magistrado - Juez José Castro, que instruye el caso conocido como Urdangarín, que llame a declarar como testigo a Francisco Camps y a Rita Barberá, toda vez que el auto del TSJ de la Comunidad Valenciana, manifiesta que deben depurarse cuantas diligencias de investigación sean necesarias para completar la investigación de los hechos. Y esa investigación, obviamente corresponde, al Instructor del caso Urdangarín, esto es, el Magistrado Juez José Castro.
Significar, que los testigos están obligados a decir la verdad, en contraposición a los imputados que pueden negarse a no declarar y a no decir la verdad.
En Madrid, a 25 de Septiembre de 2013.
Escrito de petición.
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 3 DE PALMA DE MALLORCA
D.P./P.A. 2677/011, pieza separada nº 25
D. SANTIAGO CARRION FERRER, Procurador de los Juzgados y Tribunales, en nombre y representación de MANOS LIMPIAS, conforme tengo acreditado en las diligencias arriba referenciadas, ante el Juzgado comparezco, y como mejor proceda en derecho, respetuosamente, DIGO:
Que en el día de ayer nos ha sido notificado el Auto del TSJ de la Comunidad Valenciana por medio del cual se manifiesta que …”NO HA LUGAR A ADMITIR LA COMPETENCIA DE LA SALA PARA INSTRUIR Y EN SU CASO ENJUICIAR LOS HECHOS OBJETO DE INVESTIGACION DE LA PIEZA SEPARADA Nº 25 DIMANANTE DE LAS D.P. 2677/08”… que se tramitan ante el Juzgado al que tenemos el honor de dirigirnos.
Pero si bien es cierto eso, también lo es el hecho de que por la propia Sala del TSJ, en su Auto, manifiesta que no admite esa competencia porque, para que se produzca el cese de la competencia del instructor ordinario, no basta con el dato subjetivo de imputación de unos hechos a quién goce de aforamiento, sino que es necesario que se depuren cuantas diligencias de investigación sean necesarias para completar la investigación…, … para lo cual deberán depurarse en el juzgado de instrucción de origen cuantas diligencias sean precisas para completar la investigación de los hechos…”,es por lo que esta acusación viene a SOLICITAR:
Que se llame a declarar, en calidad de TESTIGOS, al Sr. D. FRANCISCO CAMPS Y A LA SRA. DÑA. RITA BARBERA, los cuales deberán de ser citados de oficio por el Juzgado.
Por todo lo cual,
SUPLICO AL JUZGADO, que teniendo por presentado este escrito y copias que se acompañan se sirva admitirlo y a su virtud tenga con él por solicitado lo que en el mismo se pide, acordando su práctica. Todo ello por ser de justicia que pido en Palma de Mallorca, a veinticinco de Septiembre de dos mil trece.
Virginia Lpz. Negrete.
Ltdo.
Santiago Carrión Ferrer.
Procurador.
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