AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN QUE POR TURNO CORRESPONDA DE SEVILLA
El sindicato Manos Limpias y, en su nombre y representación, su Secretario General, D. Miguel Bernad Remón, con D.N.I. 12135624-L, con domicilio en la calle Ferraz nº 13 de Madrid, 28008, al amparo del artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, cuyo tenor establece:
“Los que por razón de su cargo tuvieran conocimiento de un hecho delictivo, lo podrán inmediatamente en conocimiento del Ministerio Público o en el Juzgado de Instrucción que corresponda”
Formula:
AMPLIACIÓN DE DENUNCIA
(A LA EFECTUADA EN ESE JUZGADO DECANO DE SEVILLA EL 13/08/2013)
Contra los máximos responsables de UGT-A, D. Manuel Pastrana y D. Francisco Fernández-Sevilla y de cuantas personas puedan resultar imputadas por las diligencias que se practiquen por un delito contra la seguridad de los trabajadores, contra la Seguridad Social y contra Hacienda.
La presente denuncia se basa en los siguientes
HECHOS
Primero.- Que con fecha 13 de agosto de 2013 formulé denuncia ante el Juzgado Decano de Instrucción de Sevilla contra los máximos responsables de UGT de Andalucía, por delitos de malversación de caudales públicos, de apropiación indebida y de falsedad en documento mercantil. Se adjunta copia de la denuncia.
Segundo.- Que con posterioridad a la referida denuncia, han aparecido otras dos “noticias criminis”.
A) La contratación de adolescentes (menores de 18 años) de forma eventual, sin darles de alta en la Seguridad Social, y pagándoles en dinero negro por los servicios prestados a favor del sindicato UGT-A.
Los trabajos consistían en realizar el ensobrado de las cuotas sindicales.
Se les abonaba la hora a 8 euros, llegando incluso la jornada a 10 horas.
B) UGT-A costeaba su revista con fondos de cursos para parados. Endosó al Fondo Social Europeo un anuncio por 30.000.-€, cuando además los diarios regionales cobran por este tipo de anuncios 2.500.-€.
Con el mismo sistema, “coló” un recibo de más de 9.000.-€ por embolsado y preparación postal de otro número. La revista en cuestión, se denomina “Trabajo y Diálogo Social”.
Estos hechos, implican un
ILÍCITO PENAL
Primero.- Delito contra el derecho de los trabajadores, a tenor de lo preceptuado en el artículo 311 del Código Penal.
Segundo.- Delito contra la Hacienda Pública y Seguridad Social, a tenor de lo dispuesto en el artículo 305 y siguientes del Código Penal.
CORRUPCIÓN GENERALIZADA
SOLICITUD MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE ACTIVIDAD DE UGT-A
Se están produciendo una serie de escándalos de corrupción en cadena en UGT-A, desde los ERES, donde la Juez Dña. Mercedes Ayala ha llegado ya a la conclusión de fraude y de financiación ilegal de UGT-A por más de ocho millones de euros, pasando por el desvío de fondos a publicidad para la huelga general que se efectuó el 29 de septiembre de 2010, en lugar de haberse empleado en cursos de formación, y ahora finalmente, aparece la contratación de adolescentes al margen de la ley, y otro nuevo escándalo de corrupción financiando una revista del sindicato con Fondos Sociales Comunitarios y de la Junta de Andalucía.
En definitiva, UGT-A está inmersa en un conjunto de ilícitos penales:
Malversación de caudales públicos; apropiación indebida; delito de falsedad documental; delito contra los trabajadores, delito contra la Hacienda Pública y delito contra la Seguridad Social.
Todo ello sin contar con el patrimonio inmobiliario de los denunciados, que han podido, presuntamente, beneficiarse de fondos públicos.
Los hechos son tan graves, que requieren de una MEDIDA CAUTELAR de la suspensión de la actividad de UGT-A, por
A) El daño al interés público general.
B) La comisión de varios ilícitos penales.
C) Por el desprestigio de las Instituciones y del Sistema Democrático.
D) Por la imagen de deterioro y corrupción, tanto a nivel nacional como internacional, de los agentes sociales.
En su virtud,
Solicito de ese Juzgado
Admita la presente denuncia de ampliación a la presentada con fecha 13 de agosto de 2013, y se proceda a actuar conforme a derecho corresponda.
Es Justicia que pido en Madrid, a 20 de agosto de 2013
El Secretario General del Sindicato Manos Limpias
Miguel Bernad Remón
DILIGENCIAS DE PRUEBA
A) Documental:
- Se aporta como prueba, las “noticias críminis” aparecidas en el diario El Mundo.
- Expediente de la Junta de Andalucía y del Fondo Social Europeo, correspondientes a los hechos que se denuncian.
B) Testimonial: Testimonio del periodista de El Mundo, D. Manuel María Becerro, con aportación de la documentación que obra en su poder.
C) Testifical: Declaración de los denunciados.
D) Cuantas interesen al Juzgado y al Ministerio Público.
Es Justicia que reitero.
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