Manos Limpias denuncia a Villar Mir (Presidente de OHL), por Delito contra el Patrimonio Histórico y Medio Ambiente.
FISCALIA MEDIO AMBIENTE Y URBANISMO
C/ Ortega y Gasset, 57
28006 - Madrid
El
Colectivo de Funcionarios Públicos Manos Limpias y en su nombre y
representación, su Secretario General don Miguel Bernad Remón, con
D.N.I. Núm. 12.135.624-L y con domicilio en la C/ Ferraz, Nº 13 de
Madrid-28008, por el presente escrito, al amparo del art. 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que prescribe:
“Los
que por razón de su cargo, tuvieran noticia de algún delito público
estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Fiscal, al
Tribunal competente, al Juez de Instrucción”.
Formula,
DENUNCIA
Contra Miguel Villar Mir, Presidente de la Empresa OHL, con domicilio en la C/Torre Espacio. Paseo de la Castellana, 259 D - 28046 Madrid , por un presunto delito contra el medio ambiente.
HECHOS
PRIMERO: El
denunciado compró por 285 millones de Euros, en Diciembre del año 2012
al Banco Santander, 7 edificios ubicados en el Nº 1 de Plaza de
Canalejas, el Nº 7 de la Carrera de San Jerónimo, y los Nº 6,8,10,12,14
de la C/ Alcalá.
SEGUNDO: Licencias Municipales, sometidas a limitaciones o restricciones.
a) El
Gobierno regional limitó la protección como Bien de Interés Cultural a
la primera crujía y cubierta del edificio de Canalejas, Nº 1.
b) A la primera crujía y patio de Alcalá Nº 14.
c) El Ayuntamiento redujo el blindaje de todos los edificios para circunscribirlos a las fachadas: Plan Especial de Canalejas.
TERCERO: El
proyecto arquitectónico del Estudio Lamela en Enero de 2014, se plasmó
en una modificación del Plan General de Ordenación Urbana a la carta (
Descatalogando edificios Bic en una gran dimensión).
CUARTO: El
Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad Autónoma de
Madrid, detectó que la licencia concedida se extralimitó, ya en la fase 0
y 1 se detectaron anomalías.
QUINTO: En la Inspección de los técnicos, detectaron una serie de actuaciones no autorizadas.
SEXTO: En
Marzo se suspendieron las obras, al detectarse la demolición de
pilares, forjados, entrevigados y escaleras pertenecientes a las zonas
protegidas.
Estos hechos son constitutivos de los siguientes,
ILICITOS PENALES
- ARTICULO 321 C.P.: Delito sobre el patrimonio histórico.
- ARTICULO 319 C.P. : Delito relativos a la ordenación del territorio.
En su virtud,
SOLICITO de esa Fiscalía,
Admita el presente escrito y actúe conforme a derecho corresponda.
Es justicia que pido en Madrid, a 17 de Agosto de 2015.
EL SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO MANOS LIMPIAS
MIGUEL BERNAD REMÓN
OTROSÍ DIGO: DILIGENCIAS A PRACTICAR:
A) Expediente de concesión de licencia por parte del Ayuntamiento de Madrid.
B) Informe Técnicos Ayuntamiento de Madrid.
C) Informe del Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad Autónoma de Madrid.
D) Expediente de Modificación del Plan General de Ordenación Urbana.
E) Expediente del Plan especial de Canalejas.
F) Informe de la Dirección General de Patrimonio.
G)Info0rme de la Real Academia Academia de Bellas Artes de San Fernando.
H) Decreto de Suspensión de Obras al detectarse Actuaciones no Autorizadas.
Es Justicia que pido en Madrid a 17 de Agosto de 2015
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.