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martes, 23 de abril de 2013

DENUNCIA PP ELCHE

AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN QUE POR TURNO CORRESPONDA DE ELCHE 
Carrer Eucaliptus, 21, 
03203 Elche, Alicante 
El Colectivo de Funcionarios Públicos Manos Limpias y en su nombre y representación, su Secretario General don Miguel Bernad Remón, con D.N.I. Núm. 12.135.624-L y con domicilio en la C/ Ferraz, Nº 13 de Madrid-28008, por el presente escrito, al amparo del art. 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que prescribe: 
“Los que por razón de su cargo, tuvieran noticia de algún delito público estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Fiscal, al Tribunal competente, al Juez de Instrucción”. 
Formula, 
DENUNCIA 
Contra Mercedes Alonso García, (con domicilio en C/ La Lima, 26, de Elche) y con DNI. Núm. 21.992.253-K ,por presunto delito de apropiación indebida, y delito contra la Hacienda Pública, estafa, y tráfico de influencias. 
La presente denuncia, se basa en los siguientes, 
HECHOS 
PRIMERO: Hasta el año 2012, el P.P. en Elche, era una gestora, de la cual su Presidente era Mercedes Alonso García. 
SEGUNDO: El P.P. de Elche, carece de NIF y de C/C. 
TERCERO: La Ley Orgánica 8/2007 de 4 de Julio, sobre financiación de los partidos políticos, preceptua en su : 
1) Articulo 4 (e): Las cantidades donadas a los partidos políticos deben abonarse en cuentas de entidades de crédito abiertas exclusivamente para dicho fin. 
2) Articulo 4 (f): De las donaciones previstas en este artículo, quedará constancia de la fecha de la imposición, importe de la misma y del nombre e identificación fiscal del donante. 
3) Artículo 8: Las cuotas y aportaciones de los afiliados, adheridos y simpatizantes, deberán abonarse en cuentas de crédito abierta exclusivamente para dicho fin. Dichos ingresos deberán ser realizados mediante domiciliación bancaria de una cuenta de la cual sea titular el afiliado o mediante ingreso nominativo en la cuenta que designe el partido. 
4) Articulo 14 (Obligaciones Contables): 
- Libro de Contabilidad (situación financiera y patrimonial). 
- Libro de Tesorería, Inventarios, Balances (cuotas afiliados). 
CUARTO: Pues bien, todo ello, se ignora intencionadamente por la denunciada y como prueba de lo manifestado, se aportan dos testimonios: 
- Emilio Argueso, teléfono 661272849: Afiliado que se dirige mediante escrito a la Tesorera de la Junta Gestora del P.P. de Elche, solicitando Nº C/C para hacer efectiva su cuota. Documento Nº 1. 
- Así mismo, se aporta, como Documento Nª 2 escrito dirigido al Tribunal del Cuentas por la afiliada Trinidad Ramos Martínez, en el mismo sentido. 
- El afiliado Miguel Picher Ramos, con teléfono 609006494. Está dispuesto a testificar que el dinero se movía habitualmente en efectivo. 
- Se adjunta el recibo del afiliado Jesús Ramos Porcel Lopez, de un afiliado que efectúa su cuota en efectivo. Documento Nº 3. 
QUINTO: La denunciada en las elecciones a la Presidencia y Ejecutiva del P.P. de Elche, exigió para ejercer el voto estar al corriente de pago de cuotas en los últimos 4 años, lo que quedó establecido en 140 €. 
De los 9000 militantes, ejercitaron el voto 721 militantes que multiplicado por 140, hacían un total de 88.000 €. 
SEXTO: Al parecer, el P.P. de Elche, utiliza como tapadera la Asociación Popular de Elche, (tuvo su primera sede en la C/ Vicente Blasco Ibañez,58, 03201-Elche, que aparecía como la sede del P.P., aunque actualmente en la factura telefónica de ONO, figura la C/ Marqués de Asprillas, 4, 03201- Elche). 
Esta Asociación dispone de NIF G-54372651. 
SEPTIMO: En definitiva, se recaudan cuotas, al margen de la ley, sin saber el destino del dinero entregado en efectivo. 
OCTAVO: La denunciada, Mercedes Alonso, aparece, según informe de la Udef, vinculada a la trama conocida como Gurtell, presuntamente con el imputado Alvaro Perez “El Bigote”. 
Por ser esta una instrucción que se dirime en el Juzgado Central de Instrucción Nº 5 de la Audiencia Nacional, no es objeto de esta denuncia, por presunta financiación ilegal y otras conductas ilícitas como blanqueo de capital. 
NOVENO: Asimismo, existe una presunción de enriquecimiento injusto e ilícito de la denunciada. 
DECIMO: A tenor de lo anterior, es de destacar, el incremento patrimonial de la denunciada, Mercedes Alonso García, con la participación en alguna propiedad de su cónyuge, José Antonio Peral Gomez. A saber: 
- 480.000 metros cuadrados de terreno en la localidad de Novelda (Alicante), junto al complejo La Cometa Golf (Campo Golf y 2500 viviendas). 
- 20.000 metros cuadrados de terreno en Alicante, zona denominada de Campamento (junto al plan recalificado por la Alcaldesa Sonia Castelo denominado Los Angeles de Rabasa -Alicante). 
- 11.300 metros cuadrados en Beniferri (Alicante), junto al proyecto Lomas del Azahara Golf de Beniferri. 
- Vivienda de 134 metros cuadrados en la C/ Poeta Hernández de Elche. 
- Vivienda de 128 metros cuadrados en la C/ Poeta Hernandez de Elche. 
- 3 plazas de garaje. 
- Vivienda de 87 metros cuadrados en la C/ Huesca, de Santa Pola. 
- 3 coches de alta gama. 
- 1 Yate de 8 metros para 8 personas. 
Se adjuntan notas registrales, como documento Nº 4. 
Estos hechos, son constitutivos de los siguientes, 
ILICITOS PENALES 
- Delito de Apropiación Indebida: A tenor de lo preceptuado en el artículo 252 del Código Penal. 
- Delito de Estafa: A tenor de lo preceptuado en el artículo 248 del Código Penal. 
- Delito contra la Hacienda Pública: A tenor de lo preceptuado en el artículo 305 del Código Penal. 
Régimen Tributario de los Partidos Políticos: 
Los partidos políticos gozarán de exención en el puesto de exenciones por las rentas obtenidas para la financiación de sus actividades (artículo 10 Ley de Financiación de Partidos Políticos), entre ellas, las cuotas de sus afiliados. No obstante la aplicación del Régimen Tributario se encontrará condicionada a que la persona física o jurídica disponga del documentativo acreditativo de la aportación o donación (artículo 13). 
- Delito de Tráfico de Influencias: A tenor de lo preceptuado en el artículo 429 del Código Penal. 
En su virtud, 
SOLICITO de ese Juzgado, 
Admita la presente denuncia por ser conforme a derecho. 
Es justicia que pido en Madrid, a 3 de Abril de 2013. 
EL SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO MANOS LIMPIAS 
MIGUEL BERNAD REMÓN

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