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miércoles, 19 de marzo de 2014

Denuncia ante el CGPJ contra el Juez Don Santiago Pedraz.

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL 
El Colectivo de Funcionarios Públicos Manos Limpias y en su nombre y representación , su Secretario General don Miguel Bernad Remón, con D.N.I. Núm. 12.135.624-L y con domicilio en la C/ Ferraz, Nº 13 de Madrid-28008, que por medio del presente escrito, formula,
DENUNCIA
Contra el Juez de la Audiencia Nacional, don Santiago Pedraz, por una presunta falta muy grave a tenor de lo prescrito en el artículo 417 LOPJ , apartados 1 y 14.
La presente denuncia, se basa en los siguientes,
HECHOS
PRIMERO: El denunciado dicta auto de fecha 17/3/2014 por el mantiene el denominado caso Couso dentro del Principio de Justicia Universal, pese a que el Congreso de los Diputados aprobó una nueva normativa, Ley 1/2014 de 13 de Marzo por el que se reforma el artículo 23 de la referida Ley, así como la disposición transitoria única, que establece “el sobreseimiento con carácter retroactivo de las causas abiertas en materia de justicia universal”.
SEGUNDO: Otros compañeros del denunciado, han actuado con la máxima prudencia y respeto a la legalidad vigente en causas que estaban tramitando respecto a procesos de justicia universal.
TERCERO: El denunciado de una “manera consciente” , desafía el Estado de Derecho, a nuestro sistema democrático y constitucional y dicta un auto que aparte de vulnerar la propia Ley Orgánica del Poder Judicial en lo que atañe al hecho expuesto en el apartado primero, vulnera también el artículo 9.1 del texto Constitucional, así como el artículo 1 de la LOPJ.
CUARTO: El denunciado es consciente de que podía haber aplicado la cuestión de inconstitucionalidad del artículo 5 de la LOPJ, que taxativamente determina :
1. La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico, y vincula a todos los Jueces y Tribunales, quienes interpretarán y aplicarán las leyes y los reglamentos según los preceptos y principios constitucionales, conforme a la interpretación de los mismos que resulte de las resoluciones dictadas por el Tribunal Constitucional en todo tipo de procesos.
2. Cuando un órgano judicial considere, en algún proceso, que una norma con rango de ley, aplicable al caso, de cuya validez dependa el fallo, pueda ser contraria a la Constitución, planteará la cuestión ante el Tribunal Constitucional, con arreglo a lo que establece su Ley Orgánica.
3. Procederá el planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad cuando por vía interpretativa no sea posible la acomodación de la norma al ordenamiento constitucional.
Esto es, podría haber promovido una cuestión de inconstitucionalidad , si le embargaba alguna duda respecto a la nueva normativa aprobada en el Congreso de los Diputados y referente a la aplicación de la justicia universal.
Estos hechos pueden ser constitutivos de una,
FALTA DISCIPLINARIA MUY GRAVE
A tenor de lo preceptuado en el artículo 417.1 de la LOPJ, que prescribe:
“ El incumplimiento consciente del deber de fidelidad a la Constitución establecido en el artículo 5.1 de esta ley, cuando así se apreciare en sentencia firme.”
Artículo 417.14 de la LOPJ , que prescribe:
“La ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales”.
En su virtud,
SOLICITO de ese Consejo,
Se proceda a la apertura de diligencias previas informativas , respecto al auto del denunciado de fecha 17/3/2014 por haberse podido incurrir en 2 faltas disciplinarias muy graves.
Es justicia que pido en Madrid, a 19 de Marzo de 2014.
EL SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO MANOS LIMPIAS
MIGUEL BERNAD REMÓN
OTROSÍ DIGO: Que se adjunta copia del auto emitido por el denunciado.
OTROSÍ DIGO: Que si de las diligencias que se practiquen pudiera haberse cometido además un presunto delito de prevaricación, deberá ponerse en conocimiento de la Autoridad Judicial competente y Ministerio Público tal ilícito penal.
OTROSÍ DIGO: Que comportamientos y actuaciones de este tipo están causando un gravísimo daño a la imagen y credibilidad de la justicia en España, toda vez que aquellos que deben ser los máximos garantes del Estado de Derecho, son los primeros que lo están vulnerando.
Es justicia que reitero.

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