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lunes, 17 de diciembre de 2012

SOLICITUD IMPUTACION SIMON VIÑALS - MADRID ARENA

Simon Viñals Pérez
D.P. 7279/2012 
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 51 DE MADRID 
Doña Isabel Salamanca Álvaro, Procuradora de los tribunales en nombre y representación del Sindicato Manos Limpias y según tengo acreditado en ese procedimiento, comparece y DICE: 
PRIMERO: Que existe una duda más que razonable sobre la presencia continuada o no, en el botiquín del Madrid Arena el día que se produjeron las trágicas muertes de 5 jóvenes, del responsable del botiquín, el Sr. Simon Viñals Pérez. 
Con objeto de aclarar dicha presencia, se precisaría solicitar la cinta de la cámara de video, desde las 20:00 horas hasta las 8:00 horas de la mañana siguiente, de las personas que entraron y salieron del referido botiquín. 
SEGUNDO: Que se precisa igualmente, se solicite los partes médicos levantados de a todas las personas que fueron atendidas en el botiquín. 
TERCERO: Que finalmente se precisaría, constatar la identidad de los medios personales adscritos ese día en el botiquín, así como los medios materiales de que se disponía. 
CUARTO: Que la nota o comunicado emitida por el Ilustre Colegio de Médicos de Madrid, con fecha 13/12/2012, pone de manifiesto que el doctor Simon Viñals Perez, no estaba habilitado para ejercer como facultativo. 
Que posteriormente, se emite otro comunicado (14/12/2012) del Colegio, con objeto de dar cobertura al denunciado, donde se omite deliberadamente que al ser médico honorífico, ello conlleva la declaración de que no ejerce actividad lucrativa y que no está dado de alta en el IAE, lo cual lo inhabilita para ejercer como facultativo. 
Ello pone de relieve que ha venido ejerciendo la actividad fraudulentamente. Unicamente podría ejercer siempre que no recibiera retribuciones, y es público y manifiesto, que estaba ejerciendo una actividad remunerada espléndidamente, desde el año 2005, fecha en que pasó a la situación de médico honorífico. 
En su virtud, 
SOLICITO de ese Juzgado, 

a) Proceda a citar como imputado al Sr. Viñals Perez, por presuntos delitos de homicidio imprudente (artículo 142 Código Penal); por presunto delito de abandono de destino (artículo 407 Código Penal); y por presunto delito de usurpación e intrusismo de funciones (artículo 403 Código Penal). 

b) Se proceda a practicar las diligencias solicitadas en los apartados 1º,2º y 3º de este escrito. 

OTROSÍ DIGO: OTRAS DILIGENCIAS A PRACTICAR: 

1) Que se oficie a la Dirección General de Seguros, a fín de que se remita la póliza de seguro de responsabilidad civil como médico. 

2) Que se oficie al Ayuntamiento de Madrid, con objeto de comprobar que no está dado de alta en el IAE. 

3) Que se oficie a la Agencia Estatal de Administración Tributaria para comprobar si ha declarado los ingresos obtenidos desde el año 2002, fecha en la que empezó a trabajar para el holding empresarial Miguel Angel Flores. 

4) Que se oficie a la Seguridad Social, para saber si está jubilado y la pensión que percibe. 

5) Que se oficie al Colegio Oficial de Médicos de Madrid , para que remita el expediente administrativo de nombramiento de médico honorífico (donde figura la acreditación de compromiso de no continuar en su actividad profesional médica). 

6) Que se oficie al Colegio Oficial de Médicos de Madrid, para que certifique las cuotas abonadas que se exigen a los colegiados ejercientes. 

Es justicia que pido en Madrid, a 17 de Diciembre de 2012. 
LA PROCURADORA 
ISABEL SALAMANCA ALVARO

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